
El conductor tiene la obligación legal de someterse a la práctica de la prueba
de la alcoholemia y su negativa puede dar lugar a la comisión de una infracción administrativa muy grave o a un delito sancionado con una pena de prisión de 6 meses a 1 año y retirada del carné de conducir de 1 a 4 años.
La tasa máxima de alcoholemia permitida legalmente para los conductores de vehículos a motor se atiene a la tabla siguiente:
| Conductor | Tasa de aire | Tasa en sangre |
| General | 0,25 mg/l | 0,5 g/l |
| Nóvel | 0,15 mg/l | 0,5 g/l |
| Profesional | 0,15 mg/l | 0,5 g/l |
Nuestro despacho asume su defensa tanto si el proceso en cuestión se tramita por la vía penal por la comisión de un delito contra la seguridad del tráfico, como si se tramita como una infracción administrativa muy grave.
Para contratar nuestros servicios sólo tiene que rellenar el formulario o exponernos su caso enviando un mail a contacto@martindelasmulasabogados.
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